Requisitos para casarse en Cuba. ¡Conoce todos los detalles!
¿Te gustaría casarte en Cuba y vivir una experiencia única y memorable? En este artículo, te explicaremos lo que necesitas saber sobre el matrimonio en Cuba, desde los requisitos legales y los trámites que debes cumplir, hasta los costos y las opciones que tienes para celebrar tu boda.
Es importante destacar que el contraer nupcias en Cuba es reconocido legalmente tanto a nivel nacional como internacional. Esto significa que tu matrimonio será válido incluso si planeas regresar a tu país de origen después de la ceremonia. Sin embargo, es esencial cumplir con ciertos requisitos antes de poder casarse en la isla.
Una vez que hayas cumplido con todos los requisitos legales, estarás listo para celebrar tu boda en Cuba. No te olvides de consultar con un organizador de bodas local para asegurarte de que todos los detalles estén en orden y tener una experiencia perfecta en este hermoso país tropical.
Es importante que todos los documentos que presenten los ciudadanos cubanos residentes en el exterior deben estar traducidos al idioma español y legalizados por el consulado de Cuba en el país donde fueron expedidos.
- Matrimonio entre cubanos residentes en el país
- Matrimonio entre cubanos residentes en el país y cubanos residentes en el extranjero
- Matrimonio entre cubanos residentes en el extranjero
- Matrimonio entre cubanos residentes en el extranjero y extranjeros residentes fuera Cuba
- Matrimonio de cubanos residentes en el país y extranjeros residentes fuera Cuba
- Matrimonio entre cubanos residentes en el país y extranjeros residentes en Cuba
- Matrimonio entre extranjeros que eligen realizar su matrimonio en Cuba
- Costos de formalización del matrimonio
En Cuba son aceptados los matrimonios entre
- Cubanos residentes permanentemente en el país.
- Cubanos residentes permanentemente en el país y cubanos residentes en el extranjero.
- Cubanos residentes en el extranjero.
- Cubanos residentes en el extranjero y extranjeros residentes fuera Cuba.
- Cubanos residentes permanentemente en el país y extranjeros residentes fuera Cuba.
- Cubanos residentes permanentemente en el país y extranjeros residentes temporal o permanentemente en Cuba.
- Entre extranjeros que eligen realizar su matrimonio en Cuba.
Algo importante a tener en cuenta es que, en Cuba, la capacidad de las personas para formalizar matrimonio se alcanza a los dieciocho 18 años.
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Matrimonio entre cubanos residentes en el país
Los cubanos residentes de manera permanente en el país deberán presentarse en Bufetes Colectivos, Palacio de Matrimonios o Notaría de su elección, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Ambas partes deben presentarse con sus carnés de identidad.
- Deben traer dos testigos con sus respectivos carnés de identidad.
- Si una o ambas partes están divorciadas, deben presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una de las partes es viuda, debe presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
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Matrimonio entre cubanos residentes en el país y cubanos residentes en el extranjero
Para dar inicio a este proceso, los interesados deberán formalizar su matrimonio en las Consultorías Jurídicas Internacionales o en los Bufetes de Servicios Especializados que estén autorizados específicamente para este propósito.
Por el ciudadano cubano residente en el país
- Ambas partes deben presentarse con sus carnés de identidad.
- Deben traer dos testigos con sus respectivos carnés de identidad.
- Si una o ambas partes están divorciadas, deben presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una de las partes es viuda, debe presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
Por el ciudadano cubano no residente en el país
- Presentar un pasaporte cubano.
- Tener un permiso de entrada y estancia en el país.
- Si el estado conyugal es de divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una o ambas partes son viudas, deben presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
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Matrimonio entre cubanos residentes en el extranjero
Los matrimonios de este tipo se formalizan en las sucursales de Consultoría Jurídica Internacional o en los Bufetes de Servicios Especializados, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Presentar un pasaporte cubano.
- Tener un permiso de entrada y estancia en el país.
- Si el estado conyugal es de divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una o ambas partes son viudas, deben presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
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Matrimonio entre cubanos residentes en el extranjero y extranjeros residentes fuera Cuba
La formalización del acto de matrimonio entre cubanos residentes en el extranjero y extranjeros residentes fuera Cuba, se realiza en las sucursales de Consultoría Jurídica Internacional o en los Bufetes de Servicios Especializados, cumplimentando los siguientes requisitos:
Por el ciudadano cubano residente en el extranjero
- Presentar un pasaporte cubano.
- Tener un permiso de entrada y estancia en el país.
- Si el estado conyugal es de divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una o ambas partes son viudas, deben presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
Por los extranjeros residentes fuera de Cuba
- Certificado o acta de nacimiento.
- Pasaporte vigente o documento oficial de identidad con la tarjeta de embarque o visa turística.
- Si es soltero(a), la certificación de soltería o declaración jurada autorizada por notario.
- Si el estado conyugal es divorciado(a), debe presentar:
- Sentencia firme de divorcio o certificación de divorcio.
- Si es mujer y no han transcurrido más de 300 días de la extinción de su anterior matrimonio, debe presentar un certificado médico que acredite si se encuentra o no embarazada, a fin de determinar la paternidad del hijo futuro.
- Si es viudo(a) certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.
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Matrimonio de cubanos residentes en el país y extranjeros residentes fuera Cuba
Cuando se trata del matrimonio entre cubanos que residen permanentemente en el país y extranjeros que residen fuera de Cuba, es necesario realizar el proceso de formalización del matrimonio en las sucursales de Consultoría Jurídica Internacional o en los Bufetes de Servicios Especializados. Para cumplir con esta solicitud, se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:
Por el ciudadano cubano residente permanentemente en el país
- Ambas partes deben presentarse con sus carnés de identidad.
- Deben traer dos testigos con sus respectivos carnés de identidad.
- Si una o ambas partes están divorciadas, deben presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una de las partes es viuda, debe presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
Por los extranjeros residentes fuera de Cuba
- Certificado de nacimiento: Se necesita un certificado o acta de nacimiento.
- Identificación: Se requiere un pasaporte vigente o un documento oficial de identidad, junto con la tarjeta de embarque o visa turística.
- Certificación de soltería: Si es soltero, se necesita una certificación de soltería o una declaración jurada autorizada por un notario.
- Certificación de divorcio: Si es divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Además, si es mujer y han pasado menos de 300 días desde su último matrimonio, se requiere un certificado médico de embarazo para determinar la paternidad de un posible hijo.
- Certificación de viudez: Si es viudo(a), se necesita una certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.
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Matrimonio entre cubanos residentes en el país y extranjeros residentes en Cuba
La formalización del acto de matrimonio entre cubanos residentes en el país y extranjeros residentes temporal o permanentemente en Cuba, se realiza en las sucursales de Consultoría Jurídica Internacional o en los Bufetes de Servicios Especializados, cumplimentando los siguientes requisitos:
Por el ciudadano cubano residente permanentemente en el país
- Ambas partes deben presentarse con sus carnés de identidad.
- Deben traer dos testigos con sus respectivos carnés de identidad.
- Si una o ambas partes están divorciadas, deben presentar una certificación de divorcio. Si la mujer se divorció hace menos de 300 días, también debe presentar un certificado médico de embarazo.
- Si una de las partes es viuda, debe presentar un certificado de viudez, un certificado de matrimonio con una nota de viudez y un certificado de defunción del cónyuge anterior.
Por el extranjero con residencia temporal o permanente en Cuba
- Certificado de nacimiento: Se necesita un certificado o acta de nacimiento.
- Identificación: Se requiere un pasaporte vigente o un documento oficial de identidad, junto con la tarjeta de embarque o visa turística.
- Certificación de soltería: Si es soltero, se necesita una certificación de soltería o una declaración jurada autorizada por un notario.
- Certificación de divorcio: Si es divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Además, si es mujer y han pasado menos de 300 días desde su último matrimonio, se requiere un certificado médico de embarazo para determinar la paternidad de un posible hijo.
- Certificación de viudez: Si es viudo(a), se necesita una certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.
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Matrimonio entre extranjeros que eligen realizar su matrimonio en Cuba
Cuando dos extranjeros deciden casarse en Cuba es posible hacerlo y para ello deberán acudir a Consultoría Jurídica Internacional o Bufetes de Servicios Especializados, con la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento: Se necesita un certificado o acta de nacimiento.
- Identificación: Se requiere un pasaporte vigente o un documento oficial de identidad, junto con la tarjeta de embarque o visa turística.
- Certificación de soltería: Si es soltero, se necesita una certificación de soltería o una declaración jurada autorizada por un notario.
- Certificación de divorcio: Si es divorciado(a), se debe presentar una certificación de divorcio. Además, si es mujer y han pasado menos de 300 días desde su último matrimonio, se requiere un certificado médico de embarazo para determinar la paternidad de un posible hijo.
- Certificación de viudez: Si es viudo(a), se necesita una certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.
Costos de formalización del matrimonio
Para personas naturales con residencia en el territorio nacional
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos en la sucursal notarial: $75.00 pesos cubanos (CUP).
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos fuera de la unidad notarial: $300.00 pesos cubanos (CUP).
- Sellos: $5.00 pesos cubanos (CUP).
Para personas naturales con residencia en el exterior, y personas extranjeras no residentes en el territorio nacional
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos y extranjeros dentro de la entidad notarial: $13125 pesos cubanos (CUP).
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos y extranjeros fuera de la sucursal notarial:
- En horario laboral: $2500 pesos cubanos (CUP).
- Fuera del horario laboral: $3750 pesos cubanos (CUP).
- Inmediatez (dentro de 24 horas): $1875 pesos cubanos (CUP).
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos extranjeros: $7500 pesos cubanos (CUP).
- Formalización de matrimonios entre ciudadanos extranjeros como parte de una oferta turística: $10000 pesos cubanos (CUP).
- Por la protocolización de los documentos para contraer matrimonio (certificaciones de nacimiento, soltería o defunción aportadas para la formalización del acto): $2500 pesos cubanos (cada una) (CUP).
- Sellos: $125.00 pesos cubanos (CUP).
Importante: Las tarifas que se pagan por el servicio notarial se abonan al momento de la autorización de los instrumentos, con excepción del matrimonio, que se cobra al momento de realizada la solicitud.
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No pueden ser testigos
- Los menores de 18 años de edad,
- Los incapacitados judicialmente,
- Los ciegos o sordos para declarar sobre hechos cuyo conocimiento les está impedido en razón de su limitación,
- Los parientes del notario que autoriza, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;
- Los que hayan sido sancionados por delitos contra la fe pública o perjurio;
- Los que no entiendan el idioma español;
- Los trabajadores de la notaría donde se formalice el Matrimonio.
Es importante que todos los documentos que presenten los ciudadanos cubanos residentes en el exterior, o los extrajeros deben estar traducidos al idioma español y legalizados por el consulado de Cuba en el país donde fueron expedidos.
Casarse en Cuba es una experiencia única y memorable que ofrece una mezcla de bellos paisajes naturales, rica cultura y hospitalidad cálida. Sin embargo, es esencial estar bien preparado y entender todos los requisitos legales para asegurar que tu matrimonio sea reconocido tanto en Cuba como en el extranjero.
Aunque el proceso puede parecer desalentador al principio, con la información correcta y una planificación cuidadosa, puedes tener la boda de tus sueños en la hermosa isla de Cuba. ¡Así que no esperes más, te ayudamos a planificar tu boda en Cuba!
Preguntas Frecuentes sobre: cómo casarse en Cuba
1. ¿Cómo sacar turno para casarse en Cuba?
Para solicitar turno en el Registro del Estado Civil en Cuba debeís:
-
Acudir personalmente a la oficina del Registro Civil de vuestro municipio con fecha y hora de atención (generalmente, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00).
-
Presentar cédulas de identidad o pasaportes vigentes de ambos contrayentes.
-
Rellenar el formulario de solicitud de matrimonio que facilita el registro.
-
Entregar el comprobante de pago de la tasa administrativa (varía según la provincia, pero suele rondar los 10 CUC).
Una vez cumplidos estos pasos, el funcionario asignará día y hora para la ceremonia civil (normalmente en 15–30 días hábiles).
2. ¿Cuánto cuesta casarse en Cuba entre cubanos?
El coste oficial para un matrimonio civil entre cubanos incluye:
-
Tasa de solicitud y tramitación: aproximadamente 10 CUC por expediente.
-
Ceremonia en el Registro Civil: gratuita o incluida en la tasa anterior.
-
Certificados adicionales (opcional): actas literales de nacimiento o certificados de soltería si no están a mano, 2–3 CUC cada uno.
-
Servicios extra (opcional): alquiler de salón, música o fotógrafo, cuyo precio depende del proveedor, pero puede oscilar entre 50 CUC y 200 CUC según la provincia y el paquete elegido.
3. ¿Cómo casarse en Cuba con separación de bienes?
En Cuba, las parejas pueden optar por el régimen de separación de bienes si lo pactan antes del enlace:
-
Deben redactar un capitulaciones matrimoniales ante notario o ante el propio Registro Civil.
-
El documento debe detallar qué bienes quedan excluidos de la sociedad conyugal (inmuebles, vehículos, cuentas bancarias).
-
Presentar las capitulaciones junto a la solicitud de turno y, tras la firma de ambos contrayentes, el régimen se inscribe en el acta de matrimonio.
Con ello, cada cónyuge conserva la propiedad y gestión exclusiva de sus bienes posteriores y anteriores al matrimonio.
4. ¿Dónde se casan los extranjeros en Cuba?
Los extranjeros pueden escoger entre varias sedes autorizadas:
-
Registro Civil Municipal de la localidad donde deseen casarse (La Habana Vieja, Centro Habana, etc.).
-
Oficinas consulares de su país en Cuba, si el convenio bilateral lo permite (por ejemplo, algunos consulados europeos ofrecen ceremonia con validez local).
-
Espacios turísticos habilitados: hoteles y palacetes históricos que cuentan con permiso para oficiar bodas civiles frente al mar o en jardines coloniales.
En todos los casos, deben cumplir los requisitos de documentación propios de cada nacionalidad y de la legislación cubana.
5. Si me caso con una cubana, ¿puede salir de Cuba?
El matrimonio con un ciudadano extranjero no restringe por sí mismo la salida del cónyuge cubano; sin embargo:
-
Su pasaporte debe estar vigente y no presentar prohibiciones de viaje (por ejemplo, por causas judiciales).
-
Debe tramitar el permiso de salida en la Dirección de Inmigración y Extranjería con al menos 30 días de antelación al viaje, aportando copia del acta de matrimonio y del pasaporte del cónyuge extranjero.
-
En caso de llevar a menores, hay que presentar además autorización notarial de ambos padres.
Con estos documentos, la ciudadana cubana puede viajar libremente junto a su pareja y permanecer fuera del país según el visado o permiso de estancia que obtenga en el extranjero.